Vacaciones

Período anual de descanso retribuido al que tiene derecho todo trabajador.

Explicación

Mínimo legal: 30 días naturales al año (22 laborables). El convenio puede mejorar esta cifra. No son sustituibles por dinero salvo al cesar.

Aviso: el resultado es orientativo y se basa en la normativa vigente y en los datos introducidos. Para casos concretos, consulta a un asesor fiscal o laboral colegiado. Fuentes: Agencia Tributaria y Seguridad Social.