Cuantía según el tipo de baja
Enfermedad común o accidente no laboral
- Días 1-3: sin prestación (salvo mejora por convenio).
- Días 4-15: 60% de la base reguladora, a cargo de la empresa.
- Días 16-20: 60% a cargo del INSS o la Mutua.
- Día 21 en adelante: 75% a cargo del INSS o la Mutua.
Accidente laboral o enfermedad profesional
- Día del hecho: salario íntegro a cargo de la empresa.
- Día siguiente y posteriores: 75% de la base reguladora.
Mejora por convenio
Muchos convenios obligan a la empresa a complementar la prestación hasta el 100% del salario bruto. Configura el porcentaje que cubra tu convenio.