Baja laboral (IT)

Suspensión temporal del trabajo por enfermedad o accidente con derecho a prestación económica.

Explicación

Por enfermedad común: 60% base reguladora del día 4-20, 75% desde el 21. Por accidente laboral: 75% desde el primer día.

Aviso: el resultado es orientativo y se basa en la normativa vigente y en los datos introducidos. Para casos concretos, consulta a un asesor fiscal o laboral colegiado. Fuentes: Agencia Tributaria y Seguridad Social.